5 cosas que debes saber sobre la rechazada acción de amparo del TSJ

El antecedente. El presidente del Partido Social Cristiano COPEI solicitó una acción de amparo ante  la sala constitucional contra  funcionarios públicos por su responsabilidad en la negativa a entregar divisas para la adquisición de papel periódico lo que sería violatorio del derecho constitucional a la libertad de expresión, información y libertad de prensa.

 Los acusados.El vicepresidente para el Área Económica y ministro del Poder Popular de Petróleo y Minería, Rafael Ramírez; los ministros del Poder Popular para la Planificación, Jorge Giordani; de Economía, Finanzas y Banca Pública, Rodolfo Marco Torres, y de Comercio, Dante Rivas; los presidentes del Banco Central de Venezuela (BCV), Nelson Merentes, y del Centro Nacional de Comercio Exterior, Alejandro Fleming.

Acción de amparo negada. La magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, declaró inadmisible  la acción de amparo porque afirma que es “un hecho público y notorio” que los organismos competentes han implementado las medidas necesarias como las subastas públicas  que “responden a las necesidades reales y efectivas” y que en ellas ha participado el sector papel, editorial y de imprenta.

No hay evidencias.  A juicio de la Magistrada no resulta evidente que las políticas económicas en materia cambiaria menoscaben el derecho a la libertad de expresión.

No hay amparo sobre hipótesis.  Explica la sentencia que  un amparo no se puede realizar  sino se materializa una violación, una amenaza de lesión directa o inmediata de algún derecho constitucional por lo que hace “descartable de tutela constitucional a las situaciones futuras hipotéticas, inciertas o eventuales”

 

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