Fue publicada en Gaceta Oficial Nº 40.519, de fecha 15 de octubre, la providencia mediante la cual se establece cambios en la Certificación que otorga el Registro Nacional de Contratista (RNC).
El texto que aparece difundido este jueves señala que la vigencia será de un (1) año a partir del 1º de julio de cada año, para personas naturales y jurídicas, cuyo ejercicio fiscal cierra el 31 de diciembre. Cuando el cierre del ejercicio fiscal no corresponda al 31 de diciembre, la vigencia de un año comenzará a contar a partir del primer día del séptimo mes posterior al cierre de su ejercicio.
También apareció publicada la providencia donde señala los requisitos legales, técnicos y financieros que deben presentar las personas naturales y jurídicas interesadas en inscribirse ante el RNC, también señaladas en la página web del organismo. Es obligación que las personas que estén registradas actualicen sus datos durante los 180 días posteriores al cierre del ejercicio fiscal correspondiente.
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