¿Convención colectiva en el Estado venezolano?

¿Convención colectiva en el Estado venezolano?

Partiendo de que la convención colectiva es hija de la libertad sindical, en Venezuela hemos retrocedido al no extenderse la negociación colectiva de condiciones de trabajo, a amplios sectores de la clase trabajadora que labora en el Estado, principal patrono del país.

En 1999 la Asamblea Nacional Constituyente suspendió la discusión contractual en el sector judicial, la industria petrolera y magisterio. El argumento entonces era el proceso de reordenamiento del Estado, que se encontraba en pleno desarrollo.

Al año siguiente, mediante un referéndum consultivo donde todo el país opinó sobre la conducción de las organizaciones sindicales, se destituyó las directivas sindicales en las federaciones regionales y por rama de industria, así como también en las centrales o confederaciones nacionales, abriendo cauce a procesos electorales organizados por el Consejo Nacional Electoral y que además fueron sujeto de revisión por el Tribunal Supremo de Justicia.

En ese contexto surgieron alrededor de 5.000 nuevos sindicatos que en más de un 90% eran paralelos a los existentes. Mientras las organizaciones tradicionales luchaban por mantener su hegemonía. La mayoría de los sindicatos surgidos en el período, vivieron y viven bajo la férrea tutela del Ministerio del Trabajo, y se encuentran conformados principalmente por militantes pro oficialistas.

De allí que las antiguas FEDEPETROL, FETRAHIDROCARBUROS y SINUTRAPETROL, hayan sido forzadas a dejar de existir para convertirse en la Federación Unitaria de Trabajadores Petroleros de Venezuela (FUTPV), entre 2002-2003. Al tiempo que tuvo lugar el nacimiento de la Federación Nacional de Trabajadores del Sector Público (FENTRASEP), en similar período.

En el Magisterio, el gobierno implantó al Sindicato Nacional Fuerza Unitaria Magisterial(SINAFUM) entre 2004 y 2005, mientras en el sector judicial, una actuación combinada del Ministerio del Trabajo y la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, impuso al Sindicato Nacional de Trabajadores Tribunalicios (SINTRAT) en 2005.

En términos de resultados cara a la contratación colectiva, tenemos que la FUTPV suscribió sus 2 últimas convenciones colectivas sin la participación de la totalidad de directiva. José Bodas, Fran Luna e Iván Freites, fueron discriminados por criticar las actuaciones de Rafael Ramírez, Presidente de PDVSA. Bodas fue detenido por la GNB, en medio de una asamblea de petroleros en Anzoátegui el 3 de febrero de 2014, cuando reivindicaba la democracia sindical en la discusión contractual, mientras el Presidente de la FUTPV firmaba un convenio colectivo vaciado de contenido, entre gallos y media noche, en esa misma fecha. Freites fue despedido al denunciar las irregularidades en la industria petrolera, luego de la explosión de Amuay.

El magisterio ha retrocedido en sus condiciones de trabajo desde que interviene en la discusión contractual SINAFUM. En el Poder Judicial la convención colectiva está vencida desde 2007 y la mayoría de la dirigencia combativa de SUONTRAJ fue despedida o jubilada. En el sector público, FENTRASEP no discute una convención colectiva desde hace 10 años.

Una variación de la estrategia anti sindical del Estado es la forma como el gobierno acabó con el conflicto universitario del año pasado, imponiendo el mecanismo de la normativa laboral, donde no se discuten condiciones laborales ni se firma convenio alguno, sino que el patrono decide lo que va a otorgar. Esta fórmula se reprodujo en el caso de la salud. En la  huelga de SIDOR el gobierno desarrolló otra táctica: firmar un acta con una parte minoritaria de la junta directiva del sindicato y hacerla aparecer como el contrato colectivo.

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Derecho al trabajoLibertad SindicalMaria Esperanza Hermida

2 comments

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  1. sergio
    sergio 10 septiembre, 2014, 21:36

    este es un tema bastante interesante bajo la comparación de la óptica mundial que ha menguado esta actividad sindical, pero coincido con la articulista que es desmesurada la actuación del ejecutivo y, en general la “libertad sindical” ha sido vulnerada por estas actuaciones, empezando por la autonomía con la intervención de entes extraños y para terminar por la negación de reclamos, conflictos y contrataciones colectivas.

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  2. Ildemaro Cardozo
    Ildemaro Cardozo 14 septiembre, 2014, 20:55

    El régimen desconoce la libertad sindical y de hecho la negociacación colectiva de trabajo

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