Derechos laborales en la picota

Derechos laborales en la picota

Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajdores (LOTTT), se generaron muchas expectativas, aunque no hubo discusión con uno de los principales actores involucrados en el proceso productivo, que es la clase trabajadora.

Si bien históricamente no ha fluido en Venezuela, ni en otras latitudes, el diálogo entre el Estado y la representación sindical, menos se produce cuando se trata de la legislación laboral.

Sin embargo, en el caso de gobiernos típicamente identificados con la ideología liberal y defensores del empresariado, esta negativa al diálogo es clásica, tradicional y hasta lógica, máxime  si se parte de la valoración objetiva del conflicto de intereses entre el trabajo y el capital.

Pero en  nuestro sui generis “socialismo bolivariano” era de esperarse otra actitud del gobierno. Estando en vida Chávez, se armó un tinglado para aparentar una supuesta fluidez comunicacional entre el sindicalismo oficialista y la autoridad del Estado para bautizar la LOTTT con el respaldo de la clase trabajadora… Hasta una central sindical se creó el mismo día que el Presidente Chávez nombró la comisión (con rango presidencial), para redactar la LOTTT.

El resultado de tal simulación de diálogo entre el gobierno y la recién nacida central sindical bolivariana  no es otra cosa que una legislación que niega absolutamente el derecho a la libertad sindical, y facilita la intromisión del Estado en los asuntos internos de las organizaciones de los trabajadores y trabajadoras.

El Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (RNOS), es una de las novísimas figuras creadas por este instrumento legal vigente desde mayo de 2012. Esta  dependencia (adscrita al Ministerio del Trabajo), está facultada para recibir y revisar las adecuaciones estatutarias que los sindicatos deben realizar para ajustarse a los nuevos requisitos de funcionamiento, impuestos por el Estado mediante la LOTTT.

Ello implica centralizar en el Ministerio del Trabajo el trámite y autorización de “registro” de mas de 5.000  sindicatos de empresa, regionales y/o nacionales, así como federaciones, confederaciones o centrales nacionales o regionales, bien del sector privado o del sector publico.

A dos años de existencia de esta alcabala, el resultado es claro: menos del 10% de las organizaciones sindicales del país han logrado la meta de registrarse, pues el RNOS rechaza, objeta y devuelve 5 o mas veces la documentación presentada por las directivas sindicales, retrasando y saboteando el proceso de registro.

Por ello, desde que entró en vigencia la LOTTT tenemos cada vez menos contratación colectiva y se aleja el disfrute de derechos laborales colectivos, ya que si un sindicato no esta “registrado” en el RNOS, no se le valida la rendición de cuentas, requisito básico para realizar elecciones y si no hace elecciones, no puede discutir convenciones colectivas.

Este laberinto legal nada tiene que ver con la teoría socialista que versa sobre la posibilidad de progresar fundamentalmente en materia de derechos de la clase trabajadora.

Por ello, entre otros aspectos, la revolución bolivariana no responde a los intereses de la clase revolucionaria por excelencia.

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